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Alejar la tentación de una Ley Garrote

Alejar la tentación de una Ley Garrote

Columnas lunes 19 de agosto de 2019 -

La postura de la Jefa de Gobierno ha sido clara a favor de permitir protestas, pero, al calor de las recientes manifestaciones violentas, no faltarán quienes pidan reactivar la Ley Garrote aprobada en la capital en 2002, que imponía 30 años de prisión a los actos contra la paz pública.

Porque, aunque el viernes acaparó reflectores el vandalismo de un grupo en la Glorieta de Insurgentes y en El Ángel, fueron muchas más las mujeres que se manifestaron sin destrozos contra la violencia de género que sufre 66 por ciento de las mexicanas mayores de 15 años.

Sin embargo, en los tiempos de oportunistas y extremistas que corren son propicios para la aparición de reclamos a favor de la mano dura contra las protestas que busquen (como la mayoría de las protestas) presionar a la autoridad para que tome una determinación.

No se debe olvidar que el Código Penal para el entonces Distrito Federal (Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de julio de 2002 impuso el severo artículo 362, referido a los Ataques a la Paz Pública, que indicaba:

Se le impondrán de cinco a treinta años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por diez años, al que, mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, inundación o violencia extrema, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del Distrito Federal, o presionen a la autoridad para que tome una determinación.

Pero en las Navidades de 2012, durante los primeros días del gobierno de Miguel Mancera (2012-18), la Asamblea Legislativa trabajó en vacaciones para reformar el artículo 362, ablandándolo con penas de dos a siete años de prisión y mantuvo la suspensión de derechos políticos.

Aunque el 25 de febrero de 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación decretó inconstitucional el artículo 362 del Código Penal para el DF, por considerar que tenía imprecisiones y violaciones a la Constitución Política Mexicana.

Es decir, en la CDMX es ilegal el encarcelamiento por la participación en protestas violentas: por eso la Jefa deGobierno puntualizó ayer que no ordenará la búsqueda ni captura de las (o los) responsables de los hechos del viernes, y pagará los destrozos con recursos públicos.

Una suerte que no corren, por ejemplo, quienes protesten en Tabasco, donde hace un mes el Congreso aprobó penas de seis a 13 años de cárcel para quienes marchen contra la ejecución de obras públicas, o realicen bloqueos de calles.

Los capitalinos deben festejar: la autoridad no los puede detener ni encarcelar por protestar ni perturbar la paz pública.

Nadie sabe cuándo tiene que tomar la calle.

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/CR

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