Las comisiones de Derechos Humanos y de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias del Congreso de la Ciudad de México aprobaron las modificaciones al artículo 60 de la Ley de Derechos Humanos, que avalaba la invasión de predios.
Tras una amplia discusión, los legisladores establecieron que ninguna persona podrá ser desalojada de un predio sin mandamiento judicial emitido de conformidad a las disposiciones constitucionales y legales aplicables en la materia.
Acordaron que las leyes en la materia establecerán los procedimientos y modalidades para garantizar el derecho de audiencia, respetar el debido proceso y procurar, en todo momento, la conciliación.
Además, se dispuso que las personas afectadas, por un acto de desalojo podrán solicitar a las autoridades correspondientes, su incorporación a los programas de vivienda.
Se prevé que el dictamen se discuta en el pleno del Congreso capitalino hoy mismo.
El artículo polémico dice: “Para evitar que los desalojos forzosos o lanzamientos violen, entre otros derechos, el derecho a una vivienda adecuada, podrán llevarse a cabo sólo en casos excepcionales”.
Esto se interpretó como manga ancha para invadir predios y colocar en indefensión a los propietarios.
Se agrega que antes de un desalojo “las personas que serán desalojadas tienen el derecho a: no ser discriminadas, que se estudien todas las posibilidades que permitan evitar o minimizar la necesidad de recurrir a la fuerza, la debida indemnización en caso de ser privados de bienes o sufrir pérdidas materiales”.
Redacción ContraRéplica
Imagen Cuartoscuro