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Casi 104 mil inmuebles federales en México no pagan predial, acusan

Casi 104 mil inmuebles federales en México no pagan predial, acusan

Nación jueves 12 de septiembre de 2019 -

POR LUCIANO FRANCO

El Gobierno federal cuenta con más de 103 mil 850 inmuebles en el país que actualmente están exentos del pago predial, de los cuales 80 mil 130 son oficinas de Gobierno, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), lo que constituye una verdadera coladera para los impuestos municipales, que son los perjudicados con esa falta de pago.


▶ Si se eliminaran las exenciones dentro del marco constitucional, los municipios recibirían por concepto de impuesto predial un monto por alrededor de 9 mil millones de pesos, asegura el diputado Carlos Carreón Mejía, del PAN, en entrevista para este diario.

Además, hay en el país 449 mil 274 predios de propiedad pública, de los cuales 60 mil 27 son federales y 120 mil 962 estatales que tampoco pagan dicho impuesto, señala un estudio en poder de la bancada albiceleste.

En este mismo sentido, alrededor de 76 instalaciones aeroportuarias, tanto nacionales como internacionales se encuentran en las mismas condiciones.

Frente a esta realidad, diputados federales del PAN proponen una modificación legal para que el Gobierno pague los impuestos correspondientes por todos esos inmuebles, y se permita así a los municipios allegarse de mayores recursos.

En la actualidad, del total de los ingresos municipales el 73 por ciento lo trasfiere la Federación, y el 21.5 por ciento proviene de ingreso propios, según el Índice de Información Presupuestal Municipal 2018 elaborado por el Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco).

De acuerdo con lo señalado, hay que tomar en cuenta que el municipio es la base para la administración pública en el Estado mexicano.

Por ello, goza de autonomía total para la administración de sus ingresos resultado de la captación de contribuciones diversas, y corresponde por tanto a las Legislaturas estatales establecer, las normas que determinarán la captación de los ingresos a favor de los municipios, señalan el texto.

Cabe destacar además que las legislaturas estatales no cuentan con la facultad de establecer exenciones o subsidios en favor de persona institución alguna respecto de las contribuciones contenidas en la Constitucional.

Señala el legislador que es necesario fortalecer los mecanismos que permitan un incremento en la recaudación municipal, en el entendido de que el municipio es el primero de los tres órdenes de gobierno.

“Es aquí donde la ciudadanía expresa sus necesidades y la autoridad municipal es la primera en recibir las demandas de la población.

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IM/CR

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