POR LAURA ARANA
En comisiones del Senado se aprobó ayer la minuta de Revocación de Mandato y consulta popular con modificaciones y se espera sea llevada al pleno la próxima semana, después de que haya una última reunión para afinar detalles el martes próximo.
De acuerdo con lo aprobado, el Presidente Andrés Manuel López Obrador
no podrá convocar a la revocación de su mandato, y tampoco el Congreso de la Unión, quienes lo harán serán los ciudadanos, con el 3 por ciento de firmas de la lista nominal electoral.
Los partidos de oposición y Morena
lograron el consenso después de varios meses de diálogo, donde las comisiones analizaron las opciones para reformar los artículos que promueven la revocación de mandato y consulta ciudadana.
El dictamen fue aprobado en lo general,
ya que Morena cedió en que el ejercicio se aplicará hasta febrero o marzo de 2022 y no en julio o noviembre de 2021 como propuso inicialmente el mandatario federal. Esta propuesta fue alentada por el PAN, PRI, PRD, Movimiento Ciudadano e incluso su aliado, el Partido del Trabajo.
En el dictamen se propone que la revocación se realizará mediante votación
libre, secreta y podrá ser solicitado por los ciudadanos, con el 3 por ciento de los inscritos en la lista nominal y en 17 entidades del país.
El Instituto Nacional Electoral (INE)
estará encargado de la organización, desarrollo, cómputo de la votación y resultados. Éstos podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJFF), señala el dictamen.
Además se precisa que solo podrá solicitarse una vez, a partir de haber cumplido
el tercer año de Gobierno. Se podrá solicitar en los siguientes tres meses exclusivamente por los ciudadanos. En el caso del Presidente Andrés Manuel López Obrador deberá cumplirse su periodo de gobierno, es decir, después de 1 de diciembre de 2021.
El INE, señala, que se establecerá los lineamientos y formatos de cómo se recabarán las firmas de los ciudadanos. Una vez
que la convocatoria cumpla con 90 días de su publicación, el proceso se realizará el domingo siguiente, cumplido con dicho plazo, es decir en 2022.
Para que sea válido el proceso de
revocación, deberían acudir a votar, ya sea a favor o en contra, el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores. Actualmente, está conformada por 89 millones 123 mil 355 personas.
Sobre el número de votos que deberá
obtener para que se aplique la revocación de mandato, los senadores aún no confirman si deberá ser más de la mitad, a favor o en contra. Sin embargo, estima que deberá ser la mitad más uno, del 40 por ciento de la lista nominal, es decir, una
participación obligatoria de 35 millones 649 mil 342 personas.
Además, quedó instaurado que el
INE será quien organice el desarrollo, cómputo de la votación y los resultados podrán ser impugnados ante la Sala Superior del TEPJF.
De igual forma se establece que la Constitución Política de la Ciudad de México y
de las entidades federativas establecerán las normas relativas al proceso.
Los temas de trascendencia nacional
o de competencia de la Federación en las entidades, podrán ser asuntos para consulta y solicitado por el 2 por ciento
de los ciudadanos inscritos en la lista nominal. Las obras de infraestructura en ejecución no podrán ser llevadas a consulta.