La Comisión Nacional de Derechos Humanos (
CNDH) de la Ciudad de México, indicó que a partir de este semana, los contratos colectivos de trabajo no pueden pactar condiciones generales laborales inferiores a las establecidas en el
Artículo 123 Constitucional, ni a la
Ley Federal del Trabajo.
En ese sentido, recordó tras la publicación de una tesis de jurisprudencia, en materia constitucional y laboral, el organismo aseveró que dichos contratos deben servir para mejorar las condiciones laborales.
Por otra parte, la CNDH insistió que las modificaciones a la legislación secundaria que, a su vez, condicionan la entrada en vigor del Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), deben de realizarse con perspectiva de género y salvaguardar los derechos humanos laborales de los trabajadores.
Información de Notimex, imagen de Web