La Corte de Apelaciones del segundo circuito de Manhattan, determinó que el Presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, no puede bloquear a seguidores en Twitter, por lo que su cuenta debe permanecer abierta al público.
La primera enmienda de la Constitución, señala que el mandatario que utiliza una cuenta de redes sociales para propósitos del gobierno, no puede excluir a personas de un diálogo de internet, sólo porque han expresado posiciones que desagradan al funcionario, indicó el juez Barrington Parker.
Hasta el momento, la Casa Blanca, el Departamento de Justicia y Twitter, no han emitido comentarios al respecto.
La determinación, ratificó un fallo emitido por la jueza distrital de Manhattan, Reice Buchwald, en mayo de 2018.
Redacción Contra Réplica.
Imagen: Reuters.