Para beneficiar al personal femenino de las Fuerzas Armadas (FA), el Ejecutivo federal expidió un decreto que adiciona dos párrafos al artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social, a través del cual, las mujeres castrenses podrán gozar de mayor licencia laboral posterior al parto.
El artículo quedó de la siguiente manera: “Se podrá transferir hasta medio mes de licencia anterior a la fecha probable del parto para después del mismo”.
“La licencia posterior al parto aumentará dos meses adicionales, en caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, previa presentación del certificado o dictamen correspondiente expedido
médicos militares o navales especialistas en servicio activo”.
Las adiciones figuran desde ayer, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), tras haber sido enviado por el Congreso de la Unión, el pasado 28 de marzo.
El decreto emitido por el Presidente y emitido en el DOF entra en vigor hoy.
María Cabadas