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La borrasca, la corte y la energía

La borrasca, la corte y la energía

Columnas jueves 22 de agosto de 2019 -

Por las venas de la República circula la energía. Es un insumo indispensable para pasar del crecimiento al desarrollo y de la pobreza a la justicia. Una moderna rectoría energética del Estado nos acercará a los fines del proyecto nacional dispuesto en la Constitución, en el que todos seamos incluidos como beneficiarios de la viabilidad de un sistema político que promueve y defiende los derechos humanos, goza de finanzas públicas sanas, de elevado reconocimiento social, y produce y distribuye, con oportunidad y suficiencia, los bienes y servicios que la ciudadanía exige.

Ante esta necesidad estratégica, nuestra energía es proveída por dos empresas del Estado mexicano que cuentan desde 2014 nuevos posicionamiento institucional y estructura administrativa. Me refiero a CFE y PEMEX, que la reforma constitucional en materia de energía de ese año transformó de organismos descentralizados a empresas productivas estatales.

El cambio no es menor y requiere tiempo para lograr su adecuada naturalización orgánica e inserción funcional en la estructura organizacional del gobierno de la república. Son entes con objeto particular y con propias y exclusivas características de organización gobierno, contrataciones y naturaleza jurídica que no encajan en la clasificación de órganos centralizados ni en la de entes paraestatales.

A pesar de ello, ni las instituciones de educación superior ni el poder judicial aceptan clasificarlas como ese tercer sector de la administración pública federal y se empeñan en considerarlas como paraestatales, sin serlo. Esta borrasca conceptual trae dificultades prácticas, procesales y constitucionales en el día a día para el cumplimiento de su objeto y el ejercicio de sus atribuciones. Encima, las universidades tampoco han ajustado sus planes de estudios, lo que, a su vez, por retrasar su correcta enseñanza, prolonga la confusión y retrasa la claridad.

Va un ejemplo: en una tesis aislada de jurisprudencia publicada el 21 de septiembre de 2018, identificada con el Título “Empresas productivas del Estado. Su naturaleza”, la Segunda Sala de la Suprema Corte afirmó, incorrectamente, que son una nueva categoría de empresas paraestatales, conclusión ininteligible desde el punto de vista de la lógica argumentativa, pues en la estructura silogística tradicional requerida para arribar a una conclusión correcta y válida, ésta debería ser consecuencia directa y meridiana de sus premisas, situación que no acontece en el criterio referido.

Quizá la luz al final del túnel sea la pericia jurídica del Ministro Javier Laynez, que integra dicha Sala, y que ya enfrentó este dilema como Procurador Fiscal de la Federación en 2014, cuando las excluyó correctamente del listado de entidades paraestatales de ese año (aunque sus sucesores las repusieron). En esta lucha por la claridad, el pleno de la Corte podría enderezar el rumbo, al resolver dos contradicciones de tesis que está procesando en esta materia. CFE y PEMEX lo merecen, la Nación lo demanda.

•gsergioj@gmail.com
@ElConsultor2

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/CR

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