facebook comscore
La defensa de la Constitución

La defensa de la Constitución

Columnas lunes 25 de noviembre de 2019 -

El concepto “defensa de la constitución” genéricamente contempla todos los actos o acciones tendientes a garantizar la eficacia de la norma jurídica constitucional.
Esto es de suma importancia, dentro del moderno estado democrático de derecho, ya que el estado de constitucionalidad es el fundamento sobre el cual descansan los principios de cultura de la legalidad, respeto a los derechos humanos y estado de derecho.
En un ejemplo extremo esta idea, históricamente podemos rememorar la creación, por parte de Venustiano Carranza, (entonces Gobernador de Coahuila) del “Ejército Constitucionalista” para “defender” la vigencia de la constitución de 1857 frente a su descarada violación por parte del usurpador Victoriano Huerta.
En el moderno estado democrático y constitucional de derecho, la defensa de la constitución se atribuye a los entes garantes de la misma: las instituciones. En México, particularmente, esta tarea se encomienda a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y otras instancias del Poder Judicial de la Federación, mediante diversos procesos de control constitucional como son las Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad, y el Juicio de Amparo, entre otros.
No obstante, los sujetos legitimados para impugnar normas jurídicas mediante cualquiera de estos procedimientos, representan intereses específicos: Los Partidos Políticos, la Procuraduría General de la República a nombre del Ejecutivo Federal, o incluso la CNDH.
Nuestro país no cuenta con un sistema de control constitucional o defensa de la constitución, en el que se muestran eficazmente los famosos “frenos y contrapesos” (check and balances) entre poderes de igual nivel o fuerza.
En nuestro sistema, la Federación “aplasta” a las entidades federativas. La Federación se impone. Toma todas las atribuciones. Centraliza. Restringe la esfera de autonomía de las entidades federativas. No hay un principio de trato igual y respetuoso entre niveles de gobierno.
Asimismo, dado nuestro sistema presidencial, es también usual ver cómo el poder ejecutivo ejerce sus facultades “metaconstitucionales,” como diría el Dr. Jorge Carpizo en su obra sobre el Presidencialismo mexicano; que lo sobreponen frente al resto de los poderes y órganos federales.
Por otro lado, la Suprema Corte de Justicia, una instancia Federal, es quien determina lo conducente respecto a los medios de impugnación en contra de normas de índole local.
Hoy más que nunca, debemos tener instancias de defensa de nuestra constitución. Esta tarea debe corresponder preponderantemente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en lo referente a este tipo de derechos, y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (Protección de derechos humanos jurisdiccional y no jurisdiccional).
Pero en el fondo, defender la constitución, como instrumento “vivo”, que nos ha costado años de esfuerzo y sacrificios, es tarea de todos los que amamos y trabajamos diariamente por nuestro país.


No te pierdas la noticias más relevantes en youtube

Envíe un mensaje al numero 55 1140 9052 por WhatsApp con la palabra SUSCRIBIR para recibir las noticias más importantes.

/CR

Etiquetas


Notas Relacionadas
TIRADITOS Columnas
2024-04-19 - 01:00
Musicología Columnas
2024-04-19 - 01:00
Cruce de cables Columnas
2024-04-19 - 01:00
Nulidades en materia electoral Columnas
2024-04-19 - 01:00
El dogma epopéyico Columnas
2024-04-19 - 01:00
Encuestas incomprendidas Columnas
2024-04-19 - 01:00
¿Guerra abierta en Medio Oriente? Columnas
2024-04-18 - 11:12
TIRADITOS Columnas
2024-04-18 - 01:00
Línea 13. Columnas
2024-04-18 - 01:00
JUICIO POLÍTICO AL TITULAR DE MIGRACIÓN Columnas
2024-04-18 - 01:00
+ -