En México se reconoce el principio de reserva de competencia en el artículo 124 de la Constitución Federal, el cual señala que las facultades que no estén expresamente otorgadas a la Federación se entenderán reservadas a los Estados o a la Ciudad de México.
Dicho principio se sustenta en la forma de Estado federal que tiene nuestro país y busca generar un orden en el ejercicio de las funciones de los diversos niveles de gobierno.
Ahora bien, el principio de reserva de competencia estatal tiene dos importantes excepciones, por un lado, las competencias concurrentes entre la Federación, Estados y Municipios, por el otro, los sistemas nacionales de coordinación y colaboración.
Las competencias concurrentes entre los diversos órdenes de gobierno permiten que tanto la Federación, Estados, Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México puedan actuar en una misma materia conforme a las bases que establezca el Congreso de la Unión. En otras palabras, consienten la descentralización de las funciones de la Federación hacia los estados y municipios.
Algunos ejemplos de competencias concurrentes son:
• Asentamientos humanos.
• Protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.
• Salubridad general.
• Turismo.
• Cultura física y deporte.
• Pesca y acuacultura.
• Derechos de las víctimas.
Respecto a los sistemas nacionales en México estos son instancias de coordinación para generar políticas integrales, ordenadas y articuladas entre todos los órdenes de gobierno, cuyo origen es inverso al anterior, ya que centralizan en la Federación las funciones de los Estados y Municipios. En nuestro país, se tienen como ejemplos de sistemas nacionales los siguientes:
• Sistema Nacional de Seguridad Pública.
• Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.
• Sistema Nacional Electoral.
• Sistema Nacional de Transparencia.
• Sistema Nacional Anticorrupción.
• Sistema Nacional de Archivos.
• Sistema Nacional de Planeación Democrática.
• Sistema Nacional de Evaluación Educativa.
Cada uno de dichos sistemas permite una articulación y ordenación de las políticas en diversas materias por parte de la Federación, estados y municipios, lo cual genera un espacio de deliberación e integración de esfuerzos entre todas las autoridades del Estado mexicano para un mismo fin, a saber, generar un marco común y ordenado en la actuación de los entes públicos.
En resumen, se puede afirmar que las dos excepciones al principio de reserva de competencia son esquemas que posibilitan una articulación en el ejercicio de las funciones federales, estatales y municipales, lo cual contribuye a hacer viable y posible la forma de Estado federal que tenemos establecida en México.
Así, cualquier cambio en la ingeniería constitucional establecida, como podría ser la eliminación de los organismos públicos locales electorales en el Sistema Nacional Electoral, trastocaría el funcionamiento ordenado y colaborativo de todos los órdenes de gobierno. Flor de Loto:“El sistema no está dispuesto a perder su uniformidad”.
•Especialista en Derecho Constitucional
y derechos humanos