Nueve años han pasado desde que se reconoció en las Leyes mexicanas el matrimonio civil entre personas del mismo sexo. A la fecha, de las 31 entidades federativas en el país, únicamente 16 permiten y reconocen los matrimonios entre personas del mismo sexo. No obstante, cuatro de ellas, Chiapas, Puebla, Jalisco y Nuevo León; reconocen la unión igualitaria por ordenamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no así por sensibilidad y certeza de reconocimiento de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTI+.
En 2010, la Ciudad de México fue la primera entidad en reconocer el matrimonio igualitario, en adelante, el avance cronológico ha sido lento e inconstante, dos años después Chihuahua y Quintana Roo se incorporan, en 2014, Coahuila; 2015, Nayarit; 2016, Campeche, Colima, Michoacán, Morelos; y en este 2019, Hidalgo y Baja California Sur.
El avance esporádico radica en la imposibilidad de las autoridades mexicanas para sensibilizarse y prescindir de conceptos heteronormados, construidos socialmente con base en el género (femenino/masculino), a partir del sexo de nacimiento (hombre/mujer).
Las entidades federativas que aún no logran concretar el matrimonio igualitario, fundamentan su postura en la definición de matrimonio, entendida como la unión entre un hombre y una mujer, según lo establecido en algunos de los Códigos Civiles Locales
En ese sentido, la sociedad conyugal en México se condiciona al sexo de nacimiento, desconociendo la orientación y preferencia sexual, aun cuando la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no se limita a uniones heterosexuales. Y no, no se trata de revictimizar a la comunidad LGBTTTI+, sino de reconocer que, a México le faltan muchos años para ser un país progresista y con menos moralina.
Son minoría las entidades del país que han atendido una de las exigencias más constantes: la unión civil entre integrantes del mismo sexo. En el resto de los estados se continúan violentando los derechos humanos de las minorías sexuales aun cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una tesis jurisprudencial que declara inconstitucionales los Códigos Civiles en donde el matrimonio se limite a la unión heterosexual, afirmando que, vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales, es discriminatorio.
Como dato final, sobre todo para quienes se escandalizan argumentando que el matrimonio igualitario perturba la “sólida” estructura de la familia: los matrimonios heterosexuales tienden a la baja y el número de divorcios crece, en tanto que las parejas del mismo sexo, a pesar de ser estadísticamente una minoría, parecen gozar de mayor estabilidad.
Pedagoga y maestra en AP, Aliada LGBT+,
Colaboradora de Integridad Ciudadana @PatS3110 @
Integridad_AC