facebook comscore
Propaganda y veda electoral

Propaganda y veda electoral

Columnas jueves 18 de febrero de 2021 -

Por José Francisco Castellanos

El pasado 10 de febrero, el Tribunal Constitucional español resolvió un caso relacionado con la difusión de propaganda electoral durante el periodo de reflexión —en México periodo de veda— previo al día de la votación —cuestión de inconstitucionalidad 1478/2020—.

El 20 de diciembre de 2017, momento del proceso electoral en el que la ciudadanía estaba en reflexión previo a la votación en las elecciones al Parlamento de Cataluña, un periódico de amplia circulación en España publicó una entrevista a una candidata de la formación política Ciutadans-Partido de la Ciudadanía, la cual apareció anunciada en la portada del diario junto a una fotografía de la entrevistada.

Con motivo de esta publicación, la Junta Electoral Central estimó actualizada la prohibición de difundir propaganda electoral durante el periodo de reflexión, establecida en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral, por lo que impuso al director del periódico una multa de mil euros.

El asunto llegó hasta el Tribunal Constitucional, órgano que, al revisar la prohibición mencionada, determinó su validez e hizo un orientador análisis sobre lo que sí puede difundirse en el periodo de reflexión electoral, al cual definió como el espacio para crear un marco de serenidad en las horas anteriores a la votación, a fin de que aflore sin condicionamientos la verdadera voluntad política del electorado, garantizando el derecho fundamental a participar en las elecciones en condiciones de igualdad.

La sentencia abre la ventana a la participación político-electoral de distintas personas durante los periodos de veda, bajo la condición de que ésta se realice como resultado de un auténtico ejercicio de los derechos fundamentales a la libertad de expresión e información constitucionalmente reconocidos en España, dando para ello una didáctica fórmula con base en la cual: se entiende como propaganda electoral cualquier información expresa o implícita que, estando relacionada con el debate político, tenga por objeto influir en las decisiones del electorado.

En México, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha adoptado un criterio muy similar al expresado por el Tribunal español. Para el TEPJF, las publicaciones periodísticas se presumen auténticas y libres salvo prueba concluyente en contrario, respecto de su autenticidad, originalidad, gratuidad e imparcialidad; con lo cual, partidos políticos, candidaturas y medios de comunicación gozan del principio de presunción de buena fe en sus actos y, los mismos por regla general, se consideran legítimos. El propio TEPJF ha dicho que, cuando una situación ponga en entredicho la licitud de la labor periodística, las autoridades competentes deben investigar exhaustivamente los hechos y, de ser el caso, sancionar.

Al criterio anterior yo agregaría, como lo dijo el Tribunal español, la necesaria revisión del contenido de lo que se difunde para determinar si la información dada a conocer en periodo de veda cumple con la función de informar a la ciudadanía —amparado por la Constitución— o, por el contrario, busca incidir en el electorado.


No te pierdas la noticias más relevantes en twitter

Envíe un mensaje al numero 55 1140 9052 por WhatsApp con la palabra SUSCRIBIR para recibir las noticias más importantes.

/CR

Etiquetas


Notas Relacionadas
El debate del debate Columnas
2024-03-19 - 01:00
Guerrero: el epicentro de la inseguridad Columnas
2024-03-19 - 01:00
EU, NUESTRO PRINCIPAL MERCADO Columnas
2024-03-19 - 01:00
Guerrero: el epicentro de la inseguridad Columnas
2024-03-19 - 01:00
PUENTE VACACIONAL Columnas
2024-03-19 - 01:00
2024/2025: Nuevo sistema electoral Columnas
2024-03-19 - 01:00
UAM escucha, el CEDE debe ser tu lucha! Columnas
2024-03-19 - 01:00
LOS DERECHOS EN LAS CÁRCELES Columnas
2024-03-19 - 01:00
TIRADITOS Columnas
2024-03-18 - 01:00
Línea 13. Columnas
2024-03-18 - 01:00
El camino trazado al Estéreo Picnic Bogotá! Columnas
2024-03-18 - 01:00
El efecto Monreal en el proceso electoral Columnas
2024-03-18 - 01:00
+ -