Este martes, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (
DOF), la reforma con la que entrará en vigor la creación de la
Guardia Nacional.
El documento describe que durante los siguientes cinco años de la entrada en vigor del decreto, la Guardia Nacional desarrollará su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente podrá disponer de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
Además, la reforma contempla diversas modificaciones a artículos de la Carta Magna, precisa que la Guardia Nacional, estará integrada por elementos de la Policía Militar, Naval y de la Policía Federal.
Asimismo, detalla que la ley determinará la estructura orgánica y de dirección de dicho órgano, que estará adscrito a la secretaría del ramo de seguridad pública, que formulará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, los respectivos programas, políticas y acciones.
Mientras que la formación y el desempeño de sus integrantes y de las demás instituciones policiales, se regirán por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al imperio de la ley, al mando superior, y en lo conducente a la perspectiva de género.
Dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este Decreto, el Congreso de la Unión expedirá la Ley de la Guardia Nacional y hará las adecuaciones legales conducentes
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