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Recibió la Sección Instructora la comparecencia de Rosario Robles de manera escrita: Pablo Gómez

Recibió la Sección Instructora la comparecencia de Rosario Robles de manera escrita: Pablo Gómez

Nación martes 10 de diciembre de 2019 -

Por Víctor Barrera

El presidente de la sección Instructora en la cámara de diputados, Pablo Gómez Álvarez, confirmó que recibió de manera escrita la comparecencia de Rosario Robles Berlanga, a través de su abogado, ante este órgano legislativo.

Gómez Álvarez detalló que este miércoles la Sección Instructora definirá cual será el periodo para recibir las pruebas y tendrá 30 días para hacerlo, esto luego de establecer la fecha.

“Lo que hoy hemos hecho simplemente es dar por realizada la comparecencia de la denunciada a través del escrito presentado por su abogado”
Al dar a conocer la ruta que seguirá el caso de Juicio Político, el legislador por Morena expresó que mañana la Sección Instructora aprobará los requerimientos a la Auditoria Superior de la Federación a las secretarias de Estado, al Instituto Nacional Electoral para conocer cuáles fueron las quejas de fiscalización, si es que existieron.

“También acudiremos a la Secretaria de Función Pública, también en procura de los elementos que esa secretaria pudiera tener de los procedimientos que se abrieron en relación con hechos denunciados originalmente”

Gómez Álvarez reconoció que el órgano legislativo que preside, aún no ha resuelto cuando pedir a la Fiscalía, algunos elementos de la denuncia penal con el propósito de conocer si tienen conexión con la responsabilidad política.

En este sentido manifestó que, en este periodo, de aportar pruebas, seguirá realizando consultas en materia de jurisprudencia con el objetivo de realizar una buena Instrucción.

Gómez Álvarez concluyo que el Juicio Político que se realizará a Rosario Robles no tendrá carácter penal, pero sí de responsabilidad como funcionaria publica.

“El Juicio Político consiste en primero reclamar la responsabilidad de los gobernantes por sobre sus omisiones y sus actos en el desempeño de sus cargos, segundo es establecer las sanciones que ya sabemos cuáles son la destitución y la inhabilitación”

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YC/CR

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