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Revocan licencia para operar a Banco Accendo; inicia liquidación

Revocan licencia para operar a Banco Accendo; inicia liquidación

Activo miércoles 29 de septiembre de 2021 -

Autoridades del sistema financiero anunciaron la liquidación de Accendo Banco, debido a que no cuenta con el nivel de capitalización mínimo requerido y esto pone en riesgo a sus ahorradores.

En conferencia de prensa, el subsecretario de Hacienda, Gabriel Yorio, informó que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) votó el martes la revocación de la licencia de operación de Accendo Banco, por lo que ya no podrá realizar operaciones de captación.

Juan Pablo Graf, titular de la CNBV detalló que son mil 518 los ahorradores que cuentan con depósitos en custodia de Accendo, de ellos, 96 por ciento está cubierto por el seguro de depósito del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) mientras que 4 por ciento (69 ahorradores) tiene saldo superior a 400 mil unidades de inversión (UDIS) que equivalen a valor actual a 2.7 millones de pesos (mdp).

El 22 de septiembre Accendo Banco manifestó su deseo de superar sus incumplimientos ante lo cual se le ordenó realizar ajustes en sus ingresos contables por un monto de mil 13.5 millones de pesos.

A la par, la CNBV solicitó al Banco de México efectuar el cómputo del Índice de Capitalización (Icap) con base en los ajustes contables que impuso como medida correctiva.

El Icap, al cierre de agosto de 2021, resultó inferior al límite mínimo regulatorio, lo que constituye una causal de revocación de la autorización para organizarse y operar como institución de banca múltiple en términos de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).

Dado que Accendo Banco no corrigió ni desvirtuó los hechos señalados en la notificación de la CNBV se aprobó la revocación de autorización otorgada para organizarse y operar como institución de banca múltiple.

A partir de este 29 de septiembre el IPAB actuará como liquidador de Accendo Banco y comenzará a realizar el pago de depósitos y demás operaciones del público que constituyen obligaciones garantizadas, de conformidad con lo previsto en la Ley de Protección al Ahorro Bancario (LPAB) y la LIC).


Imagen: Especial


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FT/CR

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