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Senado aprueba que empresas asuman pago de luz e internet por home office

Senado aprueba que empresas asuman pago de luz e internet por home office

Activo jueves 10 de diciembre de 2020 -

El Pleno del Senado aprobó, en lo general y particular, con 91 votos, la minuta que reforma el artículo 311 y adiciona el capítulo XII BIS de la Ley Federal de Trabajo, en materia de teletrabajo, que incluye la prestación de un servicio remunerado y subordinado en un lugar distinto al centro laboral.

Ahora, sólo falta que el presidente Andrés Manuel López Obrador promulgue la reforma para que las medidas entren en vigor.

Un derecho nuevo para los trabajadores será el de “desconexión”, a fin de que puedan apagar su equipo y dejar de contestar llamadas y correos relacionados con su empleo.

Otras de las nuevas obligaciones de las empresas con respecto al home office son:

- Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.

- Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

- Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social.

- Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo.

La reforma establece también que la libertad sindical y la negociación colectiva quedan respetadas en la modalidad de home office.

Asimismo, señala que el cambio en la modalidad de presencial a teletrabajo deberá ser voluntario y establecido por escrito, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada.

En las disposiciones transitorias se señala que el Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y que el Poder Ejecutivo Federal dispondrá de un plazo de 18 meses contados a partir de su entrada en vigor, para publicar una Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo para el teletrabajo.


Imagen: Especial


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FT/CR

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