La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que es inconstitucional la custodia preferente de las madres sobre los hijos menores de edad en casos de divorcio en los que no hay convenio entre las partes.
Afirman que no existe evidencia científica para determinar que resulta más benéfico para un menor permanecer a lado de su madre en el caso de que sus padres decidan interrumpir la relación.
El máximo tribunal declaró que la presunción en favor de la madre no solo reafirma estereotipos de género tradicionales, sino que profundiza el rol de mujer-madre e impide erradicar la concepción de la feminidad.
El amparo fue concedido a un padre que desde abril de 2018 litiga contra la orden de una juez para que su hija de tres años de edad quede bajo custodia de su madre.
En otro tema, la Corte negó por unanimidad, un amparo a una menor para casarse con un hombre de 21 años, con lo que confirmó la prohibición absoluta del matrimonio a menores de 18 años.
Redacción ContraRéplica