El Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los lineamientos de la convocatoria de Morena, en los que se estableció que quienes deseen participar en el proceso interno de la dirigencia, deberán renunciar o pedir licencia a su cargo público o de estructura en el partido.
El 16 de agosto de 2019, el Comité
Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena, emitió la convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario, a fin de renovar cargos ejecutivos dentro del partido con los requisitos de elegibilidad para los candidatos.
El 23 de septiembre pasado, la
Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, conforme a la delegación de funciones que le
hizo el CEN, emitió la convocatoria con prohibición a los militantes que ejerzan un cargo público o dentro de la estructura partidista, para que puedan participar en el proceso de
elección, a menos de que se separaran de su cargo mediante renuncia o licencia.
En sesión, los magistrados determinaron que el Comité es el órgano
partidista facultado para emitir las disposiciones relativas a la separación del cargo de aquellos militantes que tengan la intención de postularse a un cargo ejecutivo en el proceso de selección interna del partido.
Por
tanto, fue incorrecto que delegara esa función a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, lo que es contrario a su propio estatuto y a la Ley de Partidos.
Laura Arana