La aplicación del Reglamento de Tránsito en el Estado de México se ve afectada por la suspensión de equipos electrónicos Hand Held utilizados por la policía de tránsito estatal. Según el artículo 116, esta herramienta es esencial para levantar infracciones, pero con la interrupción del contrato, no hay claridad sobre cómo proceder sin estos dispositivos.
Mientras tanto, el artículo 8 divide las facultades de tránsito entre la policía estatal y los ayuntamientos. Sin embargo, la policía municipal, que opera de manera independiente, puede continuar con las infracciones manuales.
Ayuntamientos como Cuautitlán Izcalli, Atizapán, Huixquilucan y Naucalpan han informado sobre la suspensión de los programas de emisión de infracciones, mientras que en Toluca los automovilistas señalan un aumento en la intensidad de las infracciones y una falta de enfoque en mejorar la circulación.
El artículo 13 establece las obligaciones de los agentes de tránsito, incluyendo el cumplimiento de las órdenes y el aligeramiento del tráfico. Sin embargo, la falta de claridad sobre cómo proceder sin los equipos electrónicos ha llevado a la incertidumbre en las acciones de la policía de tránsito estatal.
Esta situación ha generado críticas de los automovilistas, quienes ven un aumento en la vigilancia y las infracciones manuales, pero con poca atención a mejorar la circulación y abordar problemas de seguridad vial.