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Exdirector de Pemex obtiene suspensión condicional en caso de violencia familiar

Exdirector de Pemex obtiene suspensión condicional en caso de violencia familiar

Nación viernes 09 de octubre de 2026 -

Víctor Rodríguez Padilla, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), obtuvo la suspensión condicional de su proceso penal por el delito de violencia familiar contra su exesposa, María Felicia Jiménez Lavie, luego de que una jueza de control autorizara una salida alterna para evitar que el caso llegue a juicio oral.

La resolución se emitió el jueves 8 de octubre durante una audiencia en la Ciudad Judicial de Atlacholoaya, Morelos. Como parte de las condiciones impuestas, el exfuncionario deberá cumplir con un plan de reparación del daño y diversas medidas judiciales hasta abril de 2027.

Entre las obligaciones establecidas se encuentra el pago de 120 mil pesos por concepto de reparación del daño, además de una pensión alimenticia mensual de 14 mil pesos. También deberá iniciar un tratamiento psicológico, abstenerse de acercarse a la víctima y presentarse periódicamente a firmar ante el juzgado.

El caso se originó después de que en junio pasado se difundiera en redes sociales un video en el que Rodríguez Padilla aparecía agrediendo físicamente a su entonces esposa frente al hijo de ambos, en un inmueble ubicado en el municipio de Emiliano Zapata, Morelos.

Tras la difusión de las imágenes, la Fiscalía estatal inició una investigación. El exdirector de Pemex fue detenido el 7 de julio en la Ciudad de México y posteriormente vinculado a proceso por violencia familiar. En una etapa inicial permaneció bajo prisión preventiva, aunque después obtuvo un cambio de medida cautelar para continuar el procedimiento en libertad.

La suspensión condicional estará vigente hasta el 8 de abril de 2027. Si el exfuncionario cumple con todas las condiciones impuestas y no se presentan objeciones de la parte ofendida en los términos legales correspondientes, la autoridad judicial podrá determinar la extinción de la acción penal y el sobreseimiento del caso.

La resolución no constituye una sentencia absolutoria, sino una salida alterna sujeta al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la jueza.


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RN/CR

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