La mandataria Claudia Sheinbaum Pardo ha colocado el feminicidio dentro de la agenda nacional al buscar reducir la impunidad a través
de una propuesta de Ley para homologar y disminuir estas acciones
ilícitas en todos los rincones del país.
La iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el
Delito de Feminicidio pretende homologar estas acciones, ante lo que
resulta evidente; en 2025 se registraron 696 víctimas de feminicidio
y, hasta julio de 2026, sumaban 380 casos, según cifras emanadas por
la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de Omar García
Harfuch.
En este sentido, la relatora especial de la Organización de las
Naciones Unidas (ONU) sobre la violencia contra las mujeres y las
niñas, Reem Alsalem, formuló observaciones a la propuesta de Ley que
se discute en el Congreso de la Unión de México.
El primer aporte propone definir a la mujer como toda persona que se
identifique como tal. Para la relatora de la ONU, esa fórmula puede
generar una definición circular y plantea interrogantes sobre la forma
en que el derecho penal debe delimitar la categoría protegida.
En materia penal, la precisión es una obligación. Un tipo penal debe
permitir que fiscales, jueces y peritos sepan qué conducta investigan,
qué elementos deben acreditar y cuál es el bien jurídico tutelado. Una
ambigüedad puede trasladarse del debate político al expediente
judicial.
La discusión tampoco puede reducirse a una disputa ideológica. El
feminicidio tiene una dimensión específica: la privación de la vida de
una mujer por razones de género. La propia iniciativa establece diez
circunstancias para acreditar esas razones y propone penas de 50 a 70
años de prisión, además de un catálogo con 19 agravantes.
El segundo punto merece la misma atención. La iniciativa incorpora
como agravante que la víctima ejerza el denominado “trabajo sexual”.
La relatora de la ONU considera problemática esa expresión porque
puede presentar la prostitución como una actividad laboral ordinaria y
ocultar contextos de explotación, violencia, trata, coerción o
dependencia económica.
Esta diferencia importa por demás; una legislación contra el
feminicidio debe identificar las condiciones de vulnerabilidad que
pueden preceder al asesinato, sin perder de vista fenómenos como la
trata y el proxenetismo.
Hay otro elemento de fondo, las estadísticas. La ONU advierte que los
datos diferenciados por sexo permiten identificar patrones, orientar
recursos y medir políticas públicas. Si las categorías pierden
precisión, también puede perderse capacidad para saber dónde, cómo y
contra quién ocurre la violencia.
La propuesta de la ONU dirigida a la administración federal, cuya
copia tiene este reportero, incorpora investigación de oficio,
fiscalías especializadas, coordinación institucional, reparación
integral, derecho a la verdad y mecanismos de atención a víctimas.
Se necesita de una norma que proteja vidas y resista el escrutinio de
fiscales, jueces, víctimas y organismos internacionales; y una
legislación que descarte dudas sobre a quién protege, cómo acredita el
delito o cómo mide la violencia. Hay tiempo.
*Periodista | @JoseVictor_Rdz
Premio Nacional de Derechos Humanos 2017
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