Columnas
De inminente entrada en vigor, quizá unos cuantos días, la reforma constitucional en materia del poder judicial, ya en poder de las legislatura locales, presenta un reto formidable para el INE.
En ese proceso electivo extraordinario se elegirá la totalidad de los 9 cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte, las 2 Magistraturas vacantes de la Sala Superior y la totalidad de las 18 Magistraturas de las 6 salas regionales del Tribunal Electoral, las y los 5 integrantes del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, así como la mitad de los cargos de Magistradas y Magistrados de Circuito y una buena parte de las Juezas y Jueces de Distrito.
El artículo segundo transitorio del decreto autoriza al INE a emitir los acuerdos necesarios para la organización, desarrollo, vigilancia y fiscalización de este proceso electoral y para garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales aplicables para los procesos electorales federales, observando los principios rectores de la función electoral.
Además, el Instituto deberá realizar los cómputos, publicar los resultados y entregar las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos. Asignará los cargos alternadamente entre mujeres y hombres, iniciando por mujer. Declarará la validez de la elección y enviará sus resultados a la Sala Superior o a la Corte según el caso, quienes resolverán las impugnaciones a más tardar el 28 de agosto de 2025.
Ahora bien, las boletas electorales contendrán el cargo, la entidad federativa y, en su caso, el circuito judicial respectivo a cada tipo de elección, entre otros datos. Llevarán impresas al anverso los nombres completos numerados de las candidaturas distribuidos por orden alfabético y progresivo iniciando por el apellido paterno, e indicando la especialización por materia cuando corresponda. El listado distinguirá la autoridad postulante (Presidencia, Congreso o Suprema Corte) y destacará los nombres de las candidaturas de las personas servidoras públicas que estén en funciones en los cargos a renovar.
Además, contendrán recuadros en blanco divididos por género para que el electorado asiente en ellos los nombres y/o números correspondientes a las candidaturas de su elección conforme a lo siguiente: para Ministras y Ministros de la Corte serán 5 recuadros para mujeres y 4 para hombres; para Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, serán 3 recuadros para mujeres y 2 para hombres; para Magistradas y Magistrados de Sala Superior serán 2 recuadros para mujeres y 2 para hombres; para Magistradas y Magistrados regionales del propio Tribunal Electoral serán 2 recuadros para mujeres y 1 para hombres por cada sala.
El Senado tendrá un plazo de 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor del Decreto para emitir la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas que participen en la elección. Le cuento más el martes. Buen puente.
@ElConsultor2
gsergioj@gmail.com