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ASF aplica revisiones de asistencia docente en los estados desde el año 2000 frente a criticas de Rocio Nahle

ASF aplica revisiones de asistencia docente en los estados desde el año 2000 frente a criticas de Rocio Nahle

Nación martes 29 de septiembre de 2026 -

La solicitud de controles y listas de asistencia al personal docente constituye un procedimiento estandar y consolidado de la Auditoria Superior de la Federacion desde su creacion en el ano 2000. Los informes de fiscalizacion del organo fiscalizador revelan que esta practica se implemento tres anos antes de que la actual gobernadora de Veracruz, Rocio Nahle Garcia, ocupara cargos en el Congreso de la Union, con la finalidad de auditar la nomina magisterial y prevenir erogaciones no justificadas o la existencia de plazas irregulares en las entidades federativas.

Las precisiones sobre el actuar del ente auditor surgen tras las declaraciones de la mandataria veracruzana, quien tildo de absurda la peticion realizada por el titular de la dependencia, Aureliano Hernandez, al argumentar desconocimiento de la realidad regional. Sin embargo, los registros de fiscalizacion indican que la revision de controles fisicos o mixtos se aplica habitualmente en estados con fuerte presencia sindical como Chiapas, Michoacan, Oaxaca y Zacatecas, sin entorpecer la labor en comunidades de alta vulnerabilidad.

El marco normativo vigente, fundamentado en la Ley de Coordinacion Fiscal y en los articulos vinculados al Fondo de Aportaciones para la Nomina Educativa y Gasto Operativo, faculta a las autoridades federales para examinar el uso de los fondos transferidos a los estados. Dichas revisiones anuales en las 32 entidades buscan constatar que los trabajadores registrados en la nomina cumplan sus jornadas en los centros educativos asignados y que las percepciones economicas correspondan a las funciones y categorias aprobadas.

Asimismo, la legislacion estipula que las dependencias educativas locales deben facilitar el acceso a los sistemas de registro de personal a las instancias de control que lo requieran. El procedimiento establece que cualquier pago retroactivo o erogacion por servicios personales exige la acreditacion documental de la asistencia del trabajador durante el periodo correspondiente, asegurando la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos destinados a la educacion.

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JM/CR

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