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Protección de derechos de niñez y adolescencia, responsabilidad también de medios de comunicación

Protección de derechos de niñez y adolescencia, responsabilidad también de medios de comunicación

Nación domingo 29 de mayo de 2022 -

Por Claudia Bolaños

La Secretaría Ejecutiva (SE) del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), recordó que el uso informativo y la difusión en medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales de fotos, videos, blogs, comunicados, mensajes por redes sociales, notas, entrevistas y reportajes donde intervienen niñez y adolescencia, con respeto a sus derechos humanos, es también responsabilidad de los medios de información.

En especial, agrego, los de su intimidad y participación en los asuntos que les atañen de acuerdo con el marco legal vigente.

En el marco de la ‘Jornada de comunicación con perspectiva de derechos de niñez y adolescencia’ celebrada vía digital en el estado de Guanajuato, personal de la SE del Sipinna explicó a servidoras y servidores públicos de tal entidad, que a partir del interés superior de la niñez -tutelado en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos- la garantía de los derechos de niñas, niños y adolescentes se extiende a los mensajes en medios de comunicación públicos y privados cuando ellas y ellos los protagonizan.

La Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, en sus artículos 12, 16 y 17, especifica el derecho de toda niña, niño o adolescente a tener escucha y participación y su derecho a la privacidad, por lo que ninguno de ellos deberá ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni sufrir de ataques ilegales a su honra y a su reputación, y que tienen derecho a la protección de la ley, de indicó.

En el caso de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se expuso que en lo que toca al derecho a la intimidad, en sus artículos 68 y del 76 al 80, dicho ordenamiento dispone que no podrán ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia, domicilio o correspondencia; que tampoco podrán hacerse divulgaciones o difusiones ilícitas de su información o datos personales, y que se considerará violación a su intimidad cualquier manejo directo de su imagen, nombre o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación.

Foto: Cuartoscuro



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OR/CR

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