Claudia Bolaños
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la regulación que obliga a las candidaturas independientes en Michoacán a competir de manera individual y prohíbe que realicen campañas conjuntas, compartan propaganda, símbolos, lemas o plataformas comunes.
El Pleno analizó la acción de inconstitucionalidad 69/2026, promovida contra el Decreto 476 del Congreso de Michoacán que reformó el Código Electoral estatal. El proyecto consideró constitucional que las candidaturas independientes mantengan un carácter individual, autónomo e independiente durante las campañas.
La Corte, sin embargo, invalidó algunas disposiciones relacionadas con sanciones basadas en conceptos como la “percepción” del electorado y expresiones como “o semejantes”, al considerar que podían generar criterios subjetivos y afectar los principios de certeza y legalidad electoral.
La resolución fue impugnada por Movimiento Ciudadano, que argumentó que las modificaciones restringían derechos de participación política, asociación y libertad de expresión. La discusión también generó críticas de la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz García, quien señaló que las restricciones afectarían a ciudadanos que buscan competir sin el respaldo de partidos políticos.
Con esta determinación, las personas que busquen una candidatura independiente en Michoacán deberán participar de manera individual, sin conformar bloques o estrategias electorales conjuntas con otros aspirantes independientes.