facebook
STPS impulsa Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo

STPS impulsa Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo

Activo miércoles 15 de mayo de 2024 -

Con la finalidad de garantizar los derechos de las personas trabajadoras en materia de seguridad y salud en el trabajo, entra en vigor a partir de hoy, 13 mayo de 2024, la actualización de los Lineamientos Generales de Operación del Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST).

Las incorporaciones y modificaciones más relevantes que deben atender los centros de trabajo inscritos en el programa son:

• Actualización del Compromiso Voluntario y Registro en el Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo: es un requerimiento para la incorporación de los centros del trabajo al PASST el registro en el Programa de Verificación Laboral Voluntaria (VELAVO).

• Restricciones para el otorgamiento de Reconocimientos: se establece en el esquema del proceso del PASST la comprobación del registro en el Programa de Verificación Laboral Voluntario (VELAVO).

• Asimismo, las Políticas del Programa de Autogestión en Seguridad y salud en el Trabajo, señala el inciso d, que el programa deberá de aplicarse por centro de trabajo, considerando de manera voluntaria, a las empresas realicen servicios especializados (subcontratación) en dicho espacio laboral que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante.

• En Responsabilidades para la Operación del Programa, en particular el 8.6, inciso h, indica la obligación de “mantener actualizada la base de datos del Directorio Nacional de Empresas (DNE)”, a cargo de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo.

• Ahora, las Direcciones de Coordinación Regional son las encargadas de coordinar la operación del PASST en las Oficinas de la Representación Federal del Trabajo, adscritas a su área de atención (numeral 8.7), para mejorar la atención y puntualidad en el proceso de inscripción al programa.

El PASST promueve que las empresas instauren y operen Sistemas de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, con la corresponsabilidad de empleadores y trabajadores, a partir de estándares nacionales e internacionales, para favorecer la gestión del cumplimiento permanente de la normatividad de seguridad y salud en el trabajo vigente.

Cualquier centro de trabajo se puede incorporar de manera voluntaria al PASST, siempre que cuente con recursos y capacidad para instrumentar un Sistema de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, y de manera prioritaria aquellos de 30 trabajadores o más, de actividades económicas con alta accidentabilidad, siniestralidad o riesgo.

Los centros de trabajo que se incorporen al Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo no serán objeto de inspecciones ordinarias de seguridad y salud en el trabajo, excepto en los casos previstos por los presentes lineamiento.


Imagen: Especial


No te pierdas la noticias más relevantes en facebook

Envíe un mensaje al numero 55 1140 9052 por WhatsApp con la palabra SUSCRIBIR para recibir las noticias más importantes.

FT/CR

Etiquetas


Notas Relacionadas
re
+ -