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Como lo ofrecí, retomo la micro crónica electoral de las acciones afirmativas 2023-2023. El referido y controvertido acuerdo del INE (INE/CG527/2023) aprobado el 8 de septiembre pasado, dispuso que en materia de personas indígenas, se contaría con 28 distritos electorales que se consideran indígenas, toda vez que se tiene al menos 40% de esa población. Se deberían asignar 30 fórmulas, conforme a lo siguiente: 21 fórmulas por mayoría relativa, de las cuales 11 deberían postular mujeres, distribuidas de manera paritaria conforme a los bloques de competitividad y 9 fórmulas de representación proporcional, distribuidas en las 5 circunscripciones.
Personas de la Diversidad Sexual: los partidos deberían postular 3 fórmulas; 2 por mayoría relativa, en cualquiera de los 300 distritos; y 1 por representación proporcional en cualquiera de las 5 circunscripciones, debiendo ubicar la fórmula en los primeros 10 lugares de la lista; las 3 postulaciones de manera paritaria.
Personas Afromexicanas: los partidos deberían postular 4 fórmulas: 3 por mayoría relativa, en cualquiera de los 300 distritos; 1 por representación proporcional en cualquiera de las 5 circunscripciones, debiendo ubicar la fórmula en los primeros 10 lugares. La postulación debería realizarse de manera paritaria.
Personas con Discapacidad: los partidos deberían postular 8 fórmulas de la siguiente forma: 6 por mayoría relativa, en cualquiera de los 300 distritos; 2 por representación proporcional en cualquiera de las 5 circunscripciones, debiendo ubicar la fórmula en los primeros 10 lugares. Postulación paritaria también.
Personas Mexicanas Migrantes y residentes en el extranjero: los partidos deberían registrar 1 fórmula de personas mexicanas migrantes y residentes en el extranjero en cada una de las listas correspondientes a las 5 circunscripciones electorales, dentro de los primeros diez lugares. En ese sentido, 3 de las 5 personas postuladas deberían ser de distinto género.
Contra el acuerdo se presentaron nada más 104 juicios; incluyendo uno del PT, uno de la Diputada de Morena Salma Luévano y de una organización denominada Fuerza Migrante.
El pasado miércoles 15, el Tribunal Electoral por unanimidad revocó el acuerdo impugnado. Ordenó además la reviviscencia de las normas del acuerdo del INE de 2021 en materia de Diputaciones, que tenía más sentido y estaba más apegado a la constitución y a los deberes de control de convencionalidad y progresividad de los derechos humanos.
Para el caso de senadurías, ordenó al INE incluir una acción afirmativa en la que se garanticen 9 espacios: 5 para personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, y 4 para personas afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual y mexicanas residentes en el extranjero.
Además, precisar el principio bajo el que se deberá postular estas fórmulas, con excepción de las y los residentes en el extranjero, que solo podrán ser postuladas bajo el principio de representación proporcional. Le cuento más el jueves.
@ElConsultor2