Por Federico Reyes
Lorenzo Córdova, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), dio a conocer que, las personas que solicitaron por primera vez su credencial de elector, rectificaron datos o repusieron su mica posterior al 15 de febrero ya no podrán emitir su voto para el proceso de Revocación de Mandato a realizarse este 10 de abril. Señaló que se trata de un proceso de control sobre el universo de votantes y no una limitación a la emisión del voto.
El consejero señaló por Twitter que “no es un tema de conculcación de derechos, se trata simplemente de certeza, de claridad respecto a quienes tienen derecho a votar”.
Con base a la ley, previo a todo proceso electoral o de consulta se realiza, se hace un corte en el Padrón y Listado Nominal contemplado para la organización del universo de votantes que participarán y en su caso harán que el resultado sea vinculante.
Respecto a la Revocación de Mandato, la Constitución señala que en caso de obtenerse el 40% de la participación de electores, el resultado será válido.
Por ello, el INE hizo un corte al 15 de febrero, considerando a 92 millones 823 mil 216 ciudadanos, contemplando a 17 mil 792 mexicanos residentes en el extranjero.
Para obtener un resultado vinculante, deberán participar 37 millones 129 mil 286 electores.
“En esta ocasión esa fecha de corte fue el 15 de febrero, por lo que las altas y movimientos posteriores a esa fecha ya no pudieron ser consideradas para la jornada del 10 de abril” añadió Córdova.
Por ello, dijo que las y los ciudadanos que tengan su INE vigente tendrán “la certeza de que podrá emitir libremente su opinión sobre la revocación de mandato del presidente de la República y que contará con una papeleta esperándolo en el centro de votación que le corresponda”.
Imagen: Captura de pantalla