La Asociación Nacional de Tiendas Departamentales (ANTAD) ya no debe revisar los comprobantes de compra en los establecimientos comerciales, indicó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Este hecho se trata de “un acto de molestia injustificado al consumidor” basado en al artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, mismo que prohíbe estas “prácticas abusivas”.
Dicha regulación prohíbe a los proveedores de bienes o servicios realizar prácticas que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personales, bajo pretexto de registro.
“Esta práctica constituye, también, un acto de molestia injustificado, ya que cuando el consumidor paga los productos al proveedor, adquiere la propiedad de los mismos, obteniendo por ello el comprobante de compra respectivo”.
Por su parte, la Profeco puso a disposición el “Teléfono del Consumidor”
55 5568 8722 y el número
800 468 8722 o bien los usuarios pueden enviar un correo electrónico a
denunciasprofeco@profeco.gob.mx en caso de ser víctima de estos actos.
Imagen: Cuartoscuro