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SCJN analiza protección reforzada para adultos mayores en procesos penales

SCJN analiza protección reforzada para adultos mayores en procesos penales

Nación miércoles 20 de mayo de 2026 -

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 7330/2025, relacionado con el caso de dos personas adultas mayores sentenciadas por el delito de despojo, asunto en el que se abordó la necesidad de garantizar condiciones adecuadas de acceso a la justicia para este sector de la población.

Durante la discusión del caso, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que las personas adultas mayores pueden enfrentar obstáculos derivados de la edad, problemas de salud, dependencia, vulnerabilidad cognitiva y desventajas estructurales, factores que impactan directamente en su participación dentro de los procesos judiciales.

Ante ello, destacó la importancia de que las autoridades jurisdiccionales implementen ajustes razonables y medidas diferenciadas de protección, al considerar que no es suficiente la presencia formal de una defensa legal, sino que debe garantizarse una protección sustantiva para quienes se encuentran en condiciones de vulnerabilidad.

Asimismo, la ministra sostuvo que no puede establecerse de manera absoluta que en todos los asuntos donde participe una persona adulta mayor sea obligatoria la intervención de agentes del sistema de protección especializado. En ese sentido, afirmó que “esta medida debe activarse y hacerse efectiva, únicamente cuando la situación particular gire en torno a una situación material de vulnerabilidad que haga necesario el acompañamiento adicional, para equilibrar las condiciones estructurales de desventaja y para asegurar que la persona adulta mayor participe en el proceso penal en condiciones auténticas de comprensión, dignidad e igualdad”.

Finalmente, Yasmín Esquivel Mossa se pronunció a favor de reconocer que el derecho a una defensa adecuada también contempla el acompañamiento especializado para personas adultas mayores dentro de procesos penales, siempre que exista una condición clara y verificable de vulnerabilidad, bajo el criterio prudente de la autoridad jurisdiccional.

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RN/CR

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