La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por unanimidad la invalidez de varias disposiciones de las leyes de ingresos de municipios del Estado de Oaxaca. Estas incluían una multa discriminatoria hacia personas con discapacidad mental y sanciones a músicos por interpretar canciones consideradas ofensivas para la moral y las buenas costumbres.
En una sesión pública, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó que la expresión "enfermo mental" utilizada en la norma promueve un estereotipo que contraviene el modelo social de inclusión de la discapacidad. Esta terminología niega derechos legales y genera discriminación hacia las personas con discapacidad mental.
Además, la sanción impuesta a músicos viola el principio de seguridad jurídica. La Ministra señaló que estas disposiciones permiten a las autoridades definir de forma subjetiva qué afecta la moral y las buenas costumbres, abriendo la puerta a arbitrariedades.
Con esta decisión, la SCJN refuerza su compromiso con los derechos humanos, la no discriminación y la seguridad jurídica, sentando un precedente para evitar que normativas locales vulneren derechos fundamentales.