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TEPJF ordena al INE modificar lineamientos y convocatoria para encuesta donde se definirá la dirigencia de Morena

TEPJF ordena al INE modificar lineamientos y convocatoria para encuesta donde se definirá la dirigencia de Morena

Nación martes 15 de septiembre de 2020 -

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) modificar algunos aspectos de la convocatoria que emitió para realizar la elección interna por encuesta de la dirigencia nacional del partido Morena.

A traves de videoconferencia los magistrados de la Sala Superior resolvieron 11 medios de impugnación de distintos militantes de Morena como Alfonso Ramírez Cuellar, presidente interino del partido, y Antonio Attolini.

Tras una aclarada discusión los magistrados ordenaron al INE modificar los lineamientos y la convocatoria, para considerar el principio de paridad de género en la integración de los órganos de dirección de Morena., esta medida implementa mecanismos apropiados para asegurar la designación paritaria de las personas en los cargos de dirección, como la presidencia del partido y la secretaría general.

Por lo tanto el INE debe fundar y motivar la determinación que tomó en cuanto al establecimiento de una primera encuesta para definir a los seis mejores posicionados, y que luego se realice otra encuesta para que de ese último grupo se elija a la nueva dirigencia del partido.

En cuanto a los participantes en el proceso interno y que no han podido acreditar su militancia, el Consejo General del INE deberá permitir que quienes quieran participar en el proceso interno presenten las pruebas que consideren necesarias para que se compruebe su militancia al partido.

Es decir, el Consejo General del INE deberá interpretar el numeral I, de la base segunda de la convocatoria, en el sentido de que la pertenencia a un padrón de militantes -incluido el del propio INE- sólo genera un indicio inicial de que esa persona se encuentra afiliada al partido, lo que no impide que se puedan aportar las pruebas que el solicitante considere pertinentes a efecto de acreditar la calidad de militante. Por lo anterior, se ordenó que el Consejo General del INE debe realizar un análisis en lo individual de cada solicitud y determinar lo conducente.

Juan Aguilar
Información agencia
Foto redes

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JA/CR

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