El Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por mayoría de votos decidió mantener la convocatoria y el proceso del Frente Amplio por México, para la definición de su candidatura presidencial.
Asimismo, ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) la emisión de lineamientos generales para regular y fiscalizar el proceso, dando un plazo de cinco días.
De acuerdo con el proyecto de la magistrada Janine Otálora Malassis, consideró que la convocatoria tiene como finalidad cometer un fraude a la ley, pues dijo que se trata de la elección de la persona que será la candidata o candidato presidencial para las elecciones de 2024.
Señaló que la convocatoria es contraria a los principios constitucionalidades de legalidad, equidad de la contienda, certeza que rigen la materia electoral, pese a que los partidos gozan de libertades de autoorganización y autodeterminación en relación con la definición con sus estrategias políticas y respecto a los procedimientos a candidaturas a cargos de elección popular.
En la sesión estuvieron presentes cuatro magistrados, de los cuales Reyes Rodríguez Mondragón, Indalfer Infante y Felipe Fuentes se posicionaron en contra del proyecto de para declarar inválido al Frente Amplio por México.
También se ordenó al INE emitir Lineamientos para regular este tipo de procesos con base en los siguientes parámetros:
-No se pueden utilizar las prerrogativas de radio y televisión de los partidos políticos para difundir o posicionar estos procesos partidistas ni a las personas que participan en ellos.
-Prohibido el uso de recursos públicos y las personas servidoras públicas deben acatar su deber de neutralidad e imparcialidad.
-Siguen prohibidos los actos anticipados de precampaña y campaña.
-El INE debe definir, conforme a la naturaleza de este tipo de procesos, qué tipo de propaganda está permitida, valorando la permanencia o retiro de la propaganda masiva en espectaculares, vehículos de transporte público y pintas de bardas. Además, debe garantizar el retiro de la propaganda que considere prohibida.
-Implementar una fiscalización especializada para vigilar el origen y destino de los recursos utilizados en estos procesos, contabilizando todas las actividades y propaganda que beneficie o posicione a las personas participantes.
Por ello, el órgano electoral deberá emitir un informe con los gastos contabilizados y definir la consecuencia de esta fiscalización.