En Oaxaca el acoso en contra de mujeres será penalizado hasta con cuatro años de cárcel; el Congreso Local aprobó una reforma al Código Penal del estado.
Silbidos, piropos, así como el frotamiento de genitales y acciones que incomoden y acosen sexualmente a las mujeres en Oaxaca, serán castigado con la reforma al Artículo 241 Ter, que prohíbe cualquier tipo de expresión física, verbal o gesticulación de carácter sexual contra ellas, ya sea en vía pública o en espacios cerrados.
Este delito será penado con 2 a 4 años de cárcel sin derecho a fianza (dependiendo la falta cometida). En caso de ser multa será de 100 a 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Si son dos o más personas, la pena aumentará hasta el triple.
Si el implicado es una persona menor de 18 años de edad, o con alguna discapacidad se procederá en contra del responsable de la persona que cometió la falta.
“Ningún piropo es bonito, son agresiones verbales, sexistas a las mujeres, y quien las emita debe ser sancionado, por que se agrede con comentarios incómodos y unilaterales a las mujeres” dijo la legisladora de Morena, Hilda Perez Luis.
Imagen: Cuartoscuro