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Ordenan saneamiento del Río Lerma en La Piedad bajo advertencia de sanciones a autoridades

Ordenan saneamiento del Río Lerma en La Piedad bajo advertencia de sanciones a autoridades

Nación domingo 16 de agosto de 2026 -

El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa y de Trabajo en Michoacán ordenó emprender acciones urgentes para sanear el Río Lerma a su paso por el municipio de La Piedad, ante las condiciones de contaminación que afectan al cuerpo de agua y representan un riesgo para la salud pública.

La resolución establece que las autoridades involucradas deberán implementar medidas para mitigar, reparar y restaurar los daños ocasionados en la cuenca. En caso de incumplimiento de la sentencia, los funcionarios responsables podrían enfrentar multas económicas, la separación de sus cargos y una eventual consignación penal.

Los datos duros y las declaraciones relacionadas con el caso fueron proporcionados por el Lic. Gustavo López Sánchez, quien detalló los alcances de la resolución judicial y las medidas contempladas para atender la problemática ambiental del Río Lerma.

El fallo deriva de un juicio de amparo promovido en 2021 por Anita Beatriz Hernández Cabrera, quien inició un proceso judicial para exigir la atención de la problemática ambiental que afecta al río. El litigio se prolongó durante varios años hasta llegar a la resolución del Tribunal Colegiado.

De acuerdo con los elementos expuestos durante el proceso, el Río Lerma presenta una importante degradación debido a la presencia de aguas negras, residuos industriales y desechos urbanos. Entre las afectaciones señaladas se encuentran malos olores, acumulación de basura, proliferación de moscos y presencia de metales pesados y productos bioquímicos.

El Tribunal determinó que autoridades de distintos niveles habían incumplido sus obligaciones frente a la contaminación del afluente, con lo que se vulneró el derecho humano a un medio ambiente sano. La resolución también establece medidas específicas para avanzar en el saneamiento y restauración de la zona.

Entre las disposiciones se encuentra la elaboración de un plan conjunto de saneamiento acompañado de un cronograma de actividades y reportes bimestrales sobre los avances. Para respaldar las acciones, se contempla la creación de un fondo ambiental destinado a la reparación de los daños a los recursos hídricos, así como recursos autorizados por los Congresos estatal y de la Unión.

En materia de salud pública, la Secretaría de Salud deberá informar a la población sobre los riesgos relacionados con el contacto o consumo de agua contaminada, además de implementar acciones para prevenir y atender enfermedades asociadas con su ingesta.

La sentencia también contempla campañas de prevención y mecanismos de participación ciudadana, con el objetivo de involucrar a la población en las acciones relacionadas con el rescate y vigilancia del río.

La resolución toma como referencia criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y una opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionada con la emergencia climática.

El cumplimiento de la sentencia permanece bajo seguimiento judicial. Después de que se declaró un incumplimiento de la ejecutoria de amparo en una primera etapa y se estableció una nueva multa, el procedimiento podría avanzar hacia medidas más severas contra los funcionarios responsables, incluida su eventual destitución.

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RN/CR

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