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SCJN limita facultades de Morelos sobre la administración de Llave MX

SCJN limita facultades de Morelos sobre la administración de Llave MX

Nación jueves 03 de septiembre de 2026 -

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la regulación y administración de Llave MX corresponden exclusivamente a la Federación, por lo que invalidó disposiciones de la Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos que otorgaban atribuciones en esta materia a una agencia estatal.

El Pleno de la Corte resolvió por unanimidad la controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra diversos artículos de la legislación morelense, al considerar que algunas de sus disposiciones invadían competencias reservadas a las autoridades federales.

Entre las normas analizadas se encontraba el artículo 83, que facultaba a la Agencia de Transformación Digital del Estado de Morelos para emitir lineamientos relacionados con la generación, actualización, cancelación y utilización de Llave MX, mecanismo nacional de identificación y autenticación digital.

Durante la discusión, la Corte determinó invalidar de manera completa dicho artículo, debido a que esas atribuciones corresponden a la autoridad nacional conforme al marco jurídico federal vigente.

El fallo también estableció límites respecto de las facultades estatales en materia de telecomunicaciones. El máximo tribunal consideró que Morelos no puede asumir funciones regulatorias relacionadas con redes, servicios o infraestructura de telecomunicaciones, al tratarse de una competencia federal.

Sin embargo, la resolución mantuvo vigente la posibilidad de que el gobierno de Morelos implemente estrategias y políticas destinadas a ampliar la conectividad y facilitar el acceso a internet en espacios públicos, siempre que estas acciones no impliquen regular las telecomunicaciones.

La Corte también invalidó distintas porciones de la legislación estatal relacionadas con instrumentos digitales contemplados en la normativa nacional, entre ellas disposiciones de los artículos 74 y 77 y otras vinculadas con la administración del expediente digital ciudadano.

El análisis del caso se realizó a partir de las modificaciones constitucionales y legales federales en materia de simplificación administrativa y digitalización, que establecieron un esquema nacional para determinadas herramientas y procedimientos digitales.

Con esta resolución, la Suprema Corte confirmó que las entidades federativas pueden desarrollar políticas propias de transformación digital dentro de sus competencias, pero no pueden establecer reglas locales para herramientas de alcance nacional como Llave MX.

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/CR

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