La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Estado mexicano debe garantizar que la labor periodística se realice sin presiones ni obstáculos, al analizar el amparo en revisión 394/2025 relacionado con la protección a periodistas. Durante la sesión del Pleno, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que defender la libertad de expresión implica salvaguardar el derecho de la sociedad a acceder a la verdad y fortalecer el Estado Democrático de Derecho.
El debate se centró en la constitucionalidad del artículo 57, fracción II, de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que establece un plazo de 30 días naturales para interponer recursos de inconformidad contra las resoluciones de la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección. Esquivel consideró que dicho plazo es razonable y otorga certeza jurídica, al tiempo que permite revisar periódicamente las medidas de protección.
La ministra destacó que el marco constitucional y legal ofrece mecanismos que se activan cuando periodistas enfrentan amenazas por investigar y difundir información de interés público, especialmente en el caso de mujeres periodistas, quienes suelen estar en mayor situación de vulnerabilidad. Señaló que la legislación vigente busca garantizar una protección integral y equilibrada, respetando las reglas procesales y el acceso a la justicia.
Con esta resolución, la SCJN reafirma que el derecho a la defensa no se ve limitado por la existencia de plazos legales, siempre que estos sean claros y proporcionales, y que las personas periodistas pueden solicitar nuevamente la revisión o adopción de medidas de protección cuando lo requieran.