En el marco de las elecciones que se están llevando a cabo en el Estado de México y Coahuila, se han detectado acciones y omisiones que amenazan el adecuado desarrollo de la función electoral. La Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (Fepade) ha destacado que cualquier conducta que atente contra el voto, el cual debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible, se considera un delito electoral.
Estas omisiones pueden ser cometidas por candidatos, servidores públicos, organizadores de campañas y hasta ministros de culto religioso, y están contempladas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, que establece sanciones para aquellos que las cometan. Entre las acciones más comunes se encuentran la persuasión, la amenaza y la manipulación hacia los votantes.
Por ejemplo, se considera un delito electoral impedir violentamente la apertura o el cierre de una casilla, presionar a ciudadanos para que voten por un determinado partido o candidato, o ofrecer dinero a cambio de votos. Además, la suspensión de beneficios de programas sociales, el uso de "acarreados", la solicitud de evidencia del voto emitido, el impedimento de entrega y traslado de documentos electorales como las boletas, o la alteración del Padrón Electoral también se consideran delitos graves.
Durante la jornada electoral, está prohibido votar más de una vez, solicitar el voto a cambio de paga o recompensa, confiscar credenciales del INE, hacer proselitismo o emitir un dictamen apresurado antes de finalizar el conteo. La Fepade se encargará de sancionar a quienes incurran en estas prácticas ilegales.
Las sanciones establecidas por la Ley para los delitos electorales son las siguientes:
• Ciudadanos: De cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses a tres años.
• Ministros de culto religioso: De cien hasta quinientos días multa.
• Funcionarios electorales: De cincuenta a doscientos días multa y prisión de dos a seis años.
• Funcionarios partidistas o candidatos: De cien a doscientos días multa y prisión de dos a seis años.
• Personas servidoras públicas: De doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años.
• Diputados y senadores: Suspensión de derechos políticos hasta por seis años.
En caso de que se cometan delitos electorales, las autoridades correspondientes estarán a cargo de juzgar a los responsables. Es fundamental que los ciudadanos y los actores políticos respeten la legalidad y la integridad del proceso electoral para garantizar la transparencia y la democracia en estas elecciones.