La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó este martes el amparo directo en revisión 1038/2026, relacionado con un jubilado de la Universidad Autónoma de Aguascalientes que reclamó la suspensión de descuentos al Fondo de Pensiones y Jubilaciones del Personal Académico y Administrativo. El proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa determinó que tanto los requisitos para acceder a la pensión como su monto deben evaluarse conforme a lo establecido en los contratos colectivos de trabajo.
Esquivel Mossa subrayó que la jubilación en este caso es una prestación extralegal de origen contractual, por lo que resulta razonable que los beneficiarios continúen realizando aportaciones al fondo para conservar los beneficios correspondientes.
La ministra retomó precedentes de la Segunda Sala de la Corte, donde se estableció que las pensiones complementarias al sistema nacional pueden implicar aportaciones adicionales. Con base en estos criterios, consideró que el Tribunal Colegiado se apartó de los precedentes aplicables al trasladar al caso una acción de inconstitucionalidad que correspondía a un supuesto normativo distinto.
El proyecto propone revocar la sentencia y devolver el expediente al Tribunal Colegiado para que emita una nueva resolución tomando en cuenta los criterios de la SCJN. La decisión no implica reconocer automáticamente el derecho reclamado ni ordenar el otorgamiento de la prestación, sino que corresponde al tribunal determinar si existe una pensión complementaria que justifique las aportaciones.