Por primera vez desde que se sancionó el Código Penal en 1921 en Argentina la práctica del aborto no será considerada delito. La norma establece que:
–Una mujer podrá llevar a cabo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas de gestación sin necesidad de que medie causal alguna y sin costo.
–Obliga al establecimiento médico a responder a la interrupción del embarazo en un plazo máximo de 10 días corridos a partir de su requerimiento.
–A partir de la semana 15 de gestación, el aborto continuará siendo un delito salvo en los casos en que el embarazo fuera producto de una violación o si estuviera "en peligro la vida o la salud integral" de la mujer.