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“Sí hubo propaganda en la mañanera del 23 de diciembre”, concluye TEPJF

“Sí hubo propaganda en la mañanera del 23 de diciembre”, concluye TEPJF

Nación sábado 10 de abril de 2021 -

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, del pasado 23 de diciembre, sí constituyó propaganda gubernamental.

No obstante, aclaró que ello no implica sanción alguna, toda vez que no incurrió en una ilegalidad.

Durante una sesión pública, los magistrados atendieron la instrucción de la Sala Superior para analizar el asunto y determinar si en esa conferencia matutina hubo propaganda gubernamental, vulneración del principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos.

El magistrado Luis Espíndola, presentó un proyecto en el cual expuso que en la conferencia matutina en cuestión, no hubo propaganda gubernamental alguna.

Sin embargo, el magistrado Rubén Lara consideró que sí existió una propaganda gubernamental, porque en esa conferencia, el jefe del Ejecutivo Federal hizo referencia a la entrega de apoyo a distintos sectores de la sociedad, ello en el marco de los programas sociales.

Por su parte, la magistrada Gabriela Villafuerte coincidió en que se trató de propaganda gubernamental no ilegal, porque el Presidente se refirió a un tema electoral al hablar de la “Alianza Va por México”, y habló de que la oposición busca que Morena deje de tener la mayoría en la Cámara de Diputados.

La semana pasada, el TEPJF resolvió que ningún funcionario público puede difundir propaganda, como logros del gobierno, durante las campañas y la jornada electoral, prohibición que incluye las conferencias matutinas del titular del Ejecutivo.

La Sala Superior consideró que, en tiempos electorales, todas las ruedas de prensa de los servidores públicos deberán limitarse a fines informativos. Y si bien admitió que las mañaneras son un nuevo modelo de comunicación gubernamental que comprende información de interés público, éstas no pueden violar la legislación sobre propaganda durante las campañas, la observancia a los principios de promoción personalizada de los servidores públicos ni la neutralidad en el uso de los recursos.


Imagen: Cuartoscuro


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FT/CR

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