El uso de scooters, motocicletas y bicicletas eléctricas en la Ciudad de México será regulado con nuevas disposiciones que contemplan la obligatoriedad de placas, licencias y registro ante autoridades, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y ordenar la movilidad en la capital.
De acuerdo con la información difundida, las autoridades capitalinas buscan clasificar estos vehículos según su potencia y velocidad, ya que aquellos que superen los 25 kilómetros por hora serán considerados motorizados, lo que implicará cumplir requisitos similares a los de una motocicleta.
En este sentido, los conductores deberán tramitar placas, tarjeta de circulación, licencia de conducir y, en algunos casos, contar con seguro de responsabilidad civil, además de portar equipo de seguridad como casco, luces y elementos reflejantes.
La regulación forma parte de reformas a la Ley de Movilidad aprobadas en la capital, las cuales también establecen que estos vehículos no podrán circular por banquetas, ciclovías ni carriles confinados, sino únicamente por el arroyo vehicular, respetando las normas aplicables a vehículos motorizados.
Asimismo, se prevé la creación de una categoría específica denominada Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), que permitirá diferenciar entre unidades de baja potencia —que seguirán siendo consideradas no motorizadas— y aquellas que sí deberán cumplir con los nuevos requisitos administrativos.
Las autoridades indicaron que la implementación será gradual y que en los próximos meses se darán a conocer los costos, lineamientos y procedimientos para realizar los trámites ante la Secretaría de Movilidad, con miras a consolidar un padrón de estos vehículos en 2026.
Finalmente, el objetivo de estas medidas es reducir accidentes, garantizar la identificación de los conductores y brindar mayor certeza jurídica en caso de incidentes, ante el crecimiento acelerado de la micromovilidad eléctrica en la capital del país.