La Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 2281 de 2023, que creó el Ministerio de la Igualdad en Colombia, liderado por la vicepresidenta Francia Márquez, por un "vicio de procedimiento insubsanable". Según el alto tribunal, el Congreso no realizó el análisis del impacto fiscal requerido por el artículo 7º de la Ley 819 de 2003, que establece normas en materia presupuestal, responsabilidad y transparencia.
El tribunal señaló que esta omisión violó el artículo 151 de la Constitución, ya que las leyes ordinarias deben cumplir con los requisitos de las leyes orgánicas, como la Ley 819. Por esta razón, la Sala Plena declaró la inexequibilidad de la Ley 2281.
No obstante, la Corte decidió diferir los efectos de la declaratoria para evitar una "desarticulación institucional" que afectaría la implementación de políticas públicas para madres cabeza de familia, personas en situación de discapacidad y otros sujetos de especial protección. La Sala Plena otorgó dos legislaturas para que el Congreso, con iniciativa del Gobierno nacional, pueda cumplir con los requisitos de la Constitución y la Ley 819, o reasignar las funciones del Ministerio. La decisión busca conciliar los intereses y principios constitucionales en tensión y garantizar el principio de igualdad previsto en el artículo 13.3 de la Carta Política.
Con información por Notipress
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