Daniela Méndez
El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas, informa que, hoy se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Programa General de Regularización Fiscal por el que se otorgan facilidades administrativas a los contribuyentes adultos mayores, posibles beneficiarios de la cuota de 52 pesos bimestrales o de la condonación del 30 % en el pago del Impuesto Predial, así como a los pensionados y jubilados, probables beneficiarios de la cuota de 52 pesos en el pago del Impuesto Predial, para que puedan acceder y aplicar a los beneficios fiscales aludidos vía remota.
Dada la situación generada por la emergencia sanitaria y con el ánimo de salvaguardar la salud de las personas pertenecientes a estos grupos vulnerables, este programa señala que a partir de hoy y hasta el día 24 de febrero del año en curso los contribuyentes adultos mayores, pensionados y jubilados, pueden acceder a los beneficios señalados con anterioridad enviando un correo electrónico a adultomayor@finanzas.cdmx.gob.mx con la documentación necesaria para acreditar que son sujetos de los beneficios fiscales mencionados previamente y así evitar asistir en persona a las oficinas de la Tesorería.
Los contribuyentes deben adjuntar en el correo de solicitud del beneficio de pago de predial lo siguiente: Boleta Predial 2021 (Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial) con el nombre del propietario, identificación oficial vigente con fotografía (INE/IFE, pasaporte vigente, cédula profesional). En caso de ser extranjero, cualquier documento que acredite su estadía legal en el país, CURP en caso de que la identificación no la contenga, comprobante de domicilio. El comprobante de domicilio deberá tener una vigencia no mayor a seis meses, manifiesto de la Secretaría de Administración y Finanzas llenado y firmado por el contribuyente, mismo que se puede descargar en: https://www.finanzas.cdmx.gob.mx/programas/programa/predial
La documentación será revisada por la autoridad fiscal correspondiente, quien en un plazo no mayor de 48 horas dará respuesta al contribuyente sobre el trámite solicitado a través de correo electrónico y, en su caso, adjuntará el Formato Múltiple de Pago de la Tesorería con el descuento correspondiente. Este deberá ser pagado por el contribuyente dentro del mismo día de su recepción.
Asimismo, bajo este programa, los contribuyentes que así lo deseen podrán solicitar la liquidación anual del predial para 2021 para acceder al beneficio por pago anticipado del 10 por ciento y 6% de descuento.
Imagen: Cuartoscuro