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FGR determina que no existió tortura contra Mario Aburto

FGR determina que no existió tortura contra Mario Aburto

Nación martes 13 de febrero de 2024 -

La Fiscalía General de la República (FGR), determinó que no se acreditaron los elementos suficientes para ejercer acción penal contra ninguna persona por supuestos actos de tortura contra Mario Aburto Martínez, asesino confeso del excandidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta.

A través de la Fiscalía Especializada en materia de Derechos Humanos, la FGR notificó al juez Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal, Antonio González García, que después de realizar un estudio “minucioso” y “pormenorizado”, y al no acreditarse los elementos del tipo penal del delito de tortura, llegó en noviembre de 2023 a dicha decisión.

No obstante, la resolución no es definitiva, luego de que Mario Aburto decidió impugnar.

La institución recordó que Antonio González García, juez Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, dio un plazo de seis meses a la Representación Social de la Federación para emitir un pronunciamiento, el cual venció el 30 de septiembre de 2023.

Posteriormente, el juzgador aceptó dar una prórroga de dos meses al Ministerio Público ante la petición para realizar algunas diligencias, plazo que concluyó el 1 de diciembre.

Cabe recordar que, como resultado de las diligencias realizadas, la Fiscalía Especial de Investigación del Delito de Tortura determinó, en la averiguación previa 2080/94, decretar el no ejercicio de la acción penal porque no se acreditó el delito de tortura contra Mario Aburto.

En marzo de 2023, el juez Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal, Antonio González García, amparó a Mario Aburto Martínez, con la omisión de la FGR en investigar presunta tortura de la que fue objeto luego de su detención en 1994.

Además, señaló que la autoridad no cumplió a cabalidad con su deber constitucional de investigar y por ende, violentó derechos fundamentales como el derecho a la verdad y de tutela judicial efectiva.

Imagen: Cuartoscuro

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DM/CR

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