La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) realizó diversas precisiones a las Reglas Generales de Comercio Exterior mediante la publicación de la Quinta Resolución de Modificaciones correspondiente.
Las actualizaciones aclaran que ciertas actividades vinculadas con los sectores de hidrocarburos y combustibles deberán ajustarse a lo establecido en la Ley de Hidrocarburos, publicada el 11 de agosto de 2014.
En particular, se especifica que dentro del inciso B de la fracción XL del artículo 1.3.3 —que prevé la suspensión del padrón por realizar operaciones o contratar servicios con sujetos que carezcan de los permisos necesarios— se debe remitir de manera expresa a dicha Ley de Hidrocarburos.
Asimismo, en las reglas relativas a permisos, autorizaciones y avisos que anteriormente correspondían a la extinta Comisión Reguladora de Energía, se incorpora la figura de la nueva Comisión Nacional de Energía, organismo sectorizado de la Secretaría de Energía con independencia técnica y operativa.
Finalmente, la SHCP recordó que las reglas generales aplicables para 2025 fueron publicadas el 30 de diciembre de 2024 y que a lo largo del año han sido objeto de diversas modificaciones, específicamente en los meses de abril, mayo y julio.