El Gobierno de la Ciudad de México informó sobre nuevas medidas para regular el transporte de materiales peligrosos, luego de la explosión de una pipa que transportaba gas en Iztapalapa y que dejó 31 personas muertas al momento.
Las disposiciones abarcan cinco ámbitos principales: límites de velocidad, rutas prioritarias y carriles específicos, regulación de horarios, permisos y requisitos reforzados, así como multas y supervisión.
Entre las medidas más significativas se encuentra la reducción del límite de velocidad a 30 kilómetros por hora para vehículos que transporten sustancias peligrosas. Además, se estableció que en la capital no podrán circular vehículos con más de 40 mil litros de carga de materiales tóxicos, como hidrocarburos.
Las restricciones también aplican según la capacidad de carga y el tipo de vías. Los vehículos que transporten más de 10 mil litros de hidrocarburos tendrán prohibida la circulación por vías secundarias. Asimismo, estos vehículos de mayor capacidad solo podrán circular en un horario específico, entre las 10 de la noche y las 5 de la mañana.
Se prohibirá la circulación de vehículos que transporten sustancias peligrosas por vías de acceso controlado. Para garantizar el cumplimiento de las nuevas velocidades, se utilizarán radares móviles en los cinco accesos carreteros principales: México-Pachuca, México-Toluca, México-Querétaro, México-Cuernavaca y México-Puebla. Las autoridades aclararon que estos radares están destinados específicamente para este tipo de transporte.
En materia de sanciones, las multas por infringir disposiciones relacionadas con el transporte de materiales peligrosos se duplicarán.
Los requisitos para los conductores también se endurecen. Para obtener la licencia de conducir tipo E12 se requerirá la constancia del curso de manejo de sustancias peligrosas y las capacitaciones autorizadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para licencias federales.
Las autoridades locales propondrán al Gobierno federal que para obtener el permiso de traslado de sustancias se solicite un dictamen especializado elaborado por una unidad verificadora autorizada por la Secretaría de Energía, verificando el cumplimiento de la norma 007 SESH-2010.
Los vehículos de traslado de sustancias tóxicas o peligrosas deberán presentar un dictamen autorizado por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA). Adicionalmente, se publicarán términos de referencia específicos para la elaboración de programas internos de protección civil destinados a la distribución de gas natural, gas LP y de hidrocarburos.
La supervisión incluirá puntos de revisión aleatorios para verificar que todos los vehículos que transporten sustancias peligrosas cumplan con la normatividad y disposiciones vigentes. Se establecerá un convenio de colaboración con la Secretaría de Energía y la ASEA para realizar operativos conjuntos. Este convenio permitirá revisar el cumplimiento de normatividades y, en caso de reincidencias, proceder a la revocación de permisos.