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Presentan Ley Manela en el Congreso CDMX; buscan penas severas por ataques con ácido

Presentan Ley Manela en el Congreso CDMX; buscan penas severas por ataques con ácido

Ciudades martes 31 de enero de 2023 -

La diputada Marcela Fuente, presentó ante el Congreso de la Ciudad de México la Ley Manela, un paquete de reformas que buscan que los ataques con ácido sean considerados como un delito independiente y no agravante, con penas más severas contra quien resulte responsable.

De acuerdo con la legisladora, la Ley Malena hace honor a la saxofonista María Elena Ríos, sobreviviente a un ataque con ácido presuntamente ordenado Juan Antonio Vera Carrizal, ex diputado local de Oaxaca por el PRI.

En su exposición, dijo que las víctimas de este tipo de de agresiones deben de lidiar para toda su vida con afectaciones a la salud, a la dignidad, deformación, pérdida de órganos o incapacidad permanente.

Añadió que las lesiones pueden poner en riesgo la vida de la víctima, por lo que la iniciativa busca calificar como tentativa de feminicidio si el atacante genera daños mayores a la salud.

Marcela Fuente señaló la Ley Malena busca modificar la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LAMVLV) y el Código Penal para el Distrito Federal (CPDF).

“Se espera crear el concepto de violencia ácida como “aquella que pretenda causar daño físico irreversible, que lastime, altere y/o cause alguna incapacidad mediante la acción de arrojar ácido álcalis, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que pueda provocar o no lesiones en órganos internos, externos o ambos”, expuso.

También se instruye a la Secretaría de Salud informar a las autoridades correspondientes, la información estadística de las personas que pudieran ser víctimas de ataques con ácido.

Respecto al Código Penal, se busca amplIar el castigo en relación a este crimen, pues se crea todo un capítulo nuevo: “Lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas”. Cabe recordar que, en el Artículo 135 se determina que quien incurra en este crimen y se le encuentre culpable se le condenará de ocho a 12 años de prisión y deberá de pagar una multa de 300 a 700 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Mientras que el Artículo 135 Ter especifica los agravantes, donde se aumentarán un tercio o la mitad de la pena según la afectación de la que sea objeto la víctima, es decir, se pueden establecer condenas de hasta 18 años.

En materia de género, la iniciativa aparece el Artículo 135 Quater. Define que estas agresiones se realizan contra las mujeres en razón de su género si existe algún vínculo entre ella y su agresor (relación sentimental, sexual, afectiva o de confianza, parentesco, laboral, docente o de hecho) o que el agresor tenga antecedentes previos en delitos de razón de género.

Se establecerá como tentativa de feminicidio si las lesiones generadas durante el ataque provocan resección parcial o total de las mamas, alteración en el aparato genital, en las funciones de reproducción sexual o atente contra el ejercicio de la autonomía sexual y cause alguna deformidad o daño permanente o temporal en algún órgano interno o externo.

Si este es el caso, se impondrán de 12 a 30 años de cárcel si se encuentra responsable al agresor.

Imagen: Cuartoscuro

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DM/CR

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