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Reformas y “Legisprudencia”

Reformas y “Legisprudencia”

Columnas martes 16 de julio de 2024 -

Cuando doy clase de Poder Legislativo en la UNAM siempre empiezo diciendo que se trata del “Poder Madre”, por ser la principal fuente del Derecho en general. Explico que de estas instituciones emanan todas las otras y que quien no entiende a los Congresos o Parlamentos no entiende nuestras democracias ni la centralidad del derecho y de la ley en el Estado de Derechos contemporáneo.

La reflexión es relevante en estos tiempos de inminente sobre abundancia legislativa, porque creo que tenemos que detenernos un poco. La proliferación legislativa es un fenómeno global que, según los expertos en Teoría de la Ley, consiste en una explosión del número de leyes que además muestran baja calidad (eficacia pobre) y que, por su forzada inserción, son verdaderas intrusas en el entramado jurídico de los Estados modernos.

En ese sentido, conviene aquí entrar a una novedosa clasificación de las leyes que propone el investigador español Francisco J. Laporta y que afirma que generan su degradación como consecuencia directa de este problema:

Leyes-medida, que dan respuesta a casos, problemas y situaciones individuales y le restan a la norma sus calidades tradicionales de abstracción y generalidad.

Leyes-coyuntura, que atienden un objetivo presente y urgente y son instrumentos para generar estados de hecho de naturaleza económica, como planes o programas para combatir la inflación o para fomentar el crecimiento del Producto Interno Bruto.

Leyes-vacías, que se emiten bajo el supuesto de que existen previamente otras normas o instituciones que no están ahí, y/o que se promulgan sin recursos económicos para cumplir sus fines.

Leyes-virtuales o leyes-espectáculo, que sólo pretenden “proyectar un mensaje o abrir un debate… son leyes puramente retóricas que generan la sensación de que… las aspiraciones de la opinión pública son satisfechas…”.

En el ejemplar de mayo de 2006 de la revista jurídica internacional Ratio Juris, cuyo consejo editorial alguna vez contó con destacados juristas contemporáneos como Bobbio, MacCormick, Peces-Barba, Dworkin, Scarpelli y hasta H.L.A. Hart, el investigador belga Luc Wintgens se refería a la LEGISPRUDENCIA como un nuevo enfoque de la teoría de la ley. El término, que propuso por primera vez en 1998, anuncia auto contención y cautela, serenidad e información, objetividad y profesionalismo y su carácter político es de mayor trascendencia que su concepción jurídica.

Me pregunto si el “legislador o legisladora racional” de la ciencia política clásica y del análisis politológico contemporáneo se ha extinguido y si tenemos recurso alguno frente a la torrencial sobre abundancia legislativa. Creo que en cualquier caso, nos urgen nuevos instrumentos metodológicos y enfoques científicos frescos para entender mejor nuestros Congresos; comprender de otra manera, más serena, a nuestras legisladoras, a nuestros legisladores; y estudiar con otra óptica sus productos normativos, que son el semáforo social y político de la República y la fibra misma de nuestro régimen político.

@ElConsultor2

gsergio@gmail.com


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/CR

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