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Revierte Suprema Corte resolución del INAI sobre contratos de vacunas

Revierte Suprema Corte resolución del INAI sobre contratos de vacunas

Nación lunes 16 de mayo de 2022 -

Por Claudia Bolaños

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amplió a cinco años la reserva de los contratos de la compra de las vacunas de Covid-19, dándole la razón al gobierno federal que se inconformó por una resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

En su ponencia, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá resaltó que el interés de mantener los datos bajo reserva supera el interés público general de conocer su contenido por una cuestión de seguridad nacional.

A su vez el INAI aseguró que respetará las sentencias de la Suprema Corte respecto a los recursos de revisión en materia de seguridad nacional interpuestos respecto de las resoluciones de los expedientes RRA 1899/21 y RRA 2391/21, contra de la Secretaría de Salud (Ssa), relacionadas con la adquisición de vacunas.

Las resoluciones del INAI fueron impugnadas por la Presidencia al considerar que liberar esos contratos afecta la seguridad nacional, y que la transparencia pondría en riesgo el abasto de vacunas en un futuro cercano.

El INAI señaló que asegurar la apertura de información relacionada con la adquisición de vacunas, es una obligación constitucional, concordante con la resolución 1/2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Sin embargo el ministro Pardo Rebolledo, considero que “en el caso se actualiza la reserva de la información por motivos de seguridad nacional, toda vez que la divulgación de las condiciones esenciales de contratación y los datos personales sí ponen en peligro el suministro de vacunas y el cumplimiento del contrato celebrado por nuestro país”.

Dejó en claro que esto no implica que puedan darse versiones públicas con la información de los contratos que las autoridades sanitarias consideren que es de riesgo revelarse.

 La información de estos acuerdos puede afectar la confidencialidad con los laboratorios fabricantes de las vacunas y poner en riesgo el suministro, consideraron.

Y aunque la CIDH recomendó que se debr asegurar el derecho de acceso a la información pública en el marco de la emergencia sanitaria sin limitaciones y argumentos de seguridad y orden público.

Por su parte, el ministro Javier Laynez Potisek dijo que se justifica reservar la información debido a que hay una competencia internacional para conseguir el fármaco contra el Covid-19.

En un comunicado el órgano autónomo dijo que respetará las sentencias de la Suprema Corte con respecto a las resoluciones RRA 1899/21 y RRA 2391/21; en la primera se revocó la reserva de la información invocada por la SSA y le instruyó entregar versiones públicas de los contratos para la adquisición de vacunas contra COVID 19, celebrados con las farmacéuticas Pfizer, AstraZeneca, CanSino, Sputnik, Serum y Sinovac. 

En la segunda resolución (RRA 2391/21), aprobada también por unanimidad, el Pleno resolvió modificar la respuesta de la SSA y le instruyó confirmar, a través de su Comité de Transparencia, la clasificación de los comprobantes de pagos para la adquisición de vacunas contra COVID-19 como información reservada y confidencial, con fundamento en los artículos 110, fracción II y 113, fracciones II y III, de la Ley Federal de Transparencia. 

Los comisionados del INAI resaltaron que el organismo ha conseguido un liderazgo internacional en materia de acceso a la información y rendición de cuentas.

Foto: Cuartoscuro

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OR/CR

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